Una dama perdió la vida, al precipitarse a una brecha aperturada, en una calle del Municipio de Pereira. El H. Tribunal Administrativo de Risaralda, negó las pretensiones, decisión infirmada por la H. Corte Constitucional, por haber incurrido la primera Corporación, en defecto fáctico sustantivo, por aplicación errónea de una norma, ordenándose proferir nueva decisión, que resultara favorable a los demandantes. -Ver sentencia T-399 de 2014-.
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